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EL GOBIERNO REGLAMENTÓ LA LEY DE FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

EL GOBIERNO REGLAMENTÓ LA LEY DE FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
01/07/2019

La iniciativa introduce la bancarización y trazabilidad de los fondos.

El gobierno nacional reglamentó este lunes la ley de financiamiento de los partidos políticos que introduce la bancarización y trazabilidad de los aportes y permite las contribuciones de empresas a las campañas electorales.

La iniciativa, que consta de 50 artículos, había sido aprobada por el Congreso en mayo y hoy quedó reglamentada con su publicación en el Boletín Oficial.

La nueva ley establece un modelo mixto por el cual los partidos políticos obtendrán sus recursos mediante el financiamiento público y privado para el desarrollo de sus actividades y campañas electorales.

En el 2009, el kirchnerismo había impulsado en el Parlamento la prohibición de los aportes de personas jurídicas, una de las principales novedades de este año.

Uno de los puntos centrales -largamente reclamado por los organismos de la sociedad civil que promueven la transparencia política- es que los aportes privados deberán estar bancarizados, para que se conozca la identidad de las empresas que realicen sus contribuciones.

En ese sentido, la norma estipula que “los aportes privados que reciba la agrupación política deben realizarse mediante transferencia bancaria, cheque, transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cualquier otro medio que permita la identificación fehaciente del donante, que en el caso de los aportes efectuados mediante tarjeta de crédito se podrán instrumentar de manera de constituir un aporte único o un aporte periódico y que cuando fuera en efectivo, deberá consignarse en el correspondiente recibo”.

Según el texto de la reglamentación, en el “balance anual y en el informe de campaña las agrupaciones políticas deberán detallar la nómina de aportes que hubiesen recibido, con la correspondiente identificación de las personas que los hubieren realizado”.

En ese sentido, la iniciativa fija que las personas jurídicas podrán aportar dinero con un tope del 2% de los gastos autorizados por la ley.

Además, determina que no podrán realizar donaciones los entes estatales, los contratistas del Estado, ni aquellos que exploten juegos de azar.

Por otro lado, también queda estipulado que se destinará a publicidad en medios digitales el 20% de los fondos públicos que las agrupaciones políticas reciban del aporte extraordinario para campañas. Y dentro de este porcentaje, al menos el 35% “será destinado a sitios periodísticos digitales generadores de contenido y de producción nacional, y al menos otro 25% del mismo aporte a sitios periodísticos digitales generadores de contenido y de producción provincial”.

El proyecto había sido motorizado por Cambiemos, y en su paso por Diputados tuvo el respaldo del massismo, el peronismo federal y algunos bloques provinciales. Mientras que lo rechazaron el kirchnerismo, Red por Argentina y la izquierda.

Fuente: Infobae

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