MORATORIA PREVISIONAL Y P.U.A.M. – LA INFORMACION DESDE LA ANSES

Esta moratoria continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años), prevista en el artículo 37 de la Ley N° 24.241.

Atento a distintas versiones que circulan referente a la situación de la Moratoria Previsional generando inquietud en las personas, nos comunicamos telefónicamente con Enrique Susevich, Titular de la delegación de Anses Parana II a efectos de obtener información precisa sobre los plazos de la Moratoria y el funcionamiento de la PUAM, Pensión Universal para Adultos Mayores.

Moratoria Ley 26.970

Esta moratoria continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años), prevista en el artículo 37 de la Ley N° 24.241.

Para los casos de hombres que hayan cumplido la edad jubilatoria antes del vencimiento de la Ley N° 26.970 (18/09/16), el régimen continuará vigente ya que cumplieron el requisito de edad antes de su vencimiento y podrán solicitarla durante la vigencia de esta nueva ley.

Los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003 y desde los 18 años de edad.

La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad.

Fuente: https://www.anses.gob.ar/informacion/moratorias-previsionales

Pensión Universal para el Adulto Mayor

Es una prestación que otorga ANSES a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión.

Las personas que cobran esta pensión cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI, pueden acceder al cobro de asignaciones familiares (por hijo/hijo con discapacidad, por cónyuge y ayuda escolar anual) y a los créditos ANSES.

A quiénes les corresponde

A personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación ni pensión.

Requisitos

  • Tener 65 años o más.
  • Ser argentino o naturalizado con 10 años de residencia en el país (anteriores a la solicitud), o extranjero con una residencia mínima de 20 años.
  • No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo. Si estás cobrando una jubilación o pensión, debés renunciar a la misma para iniciar el trámite de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.

Monto

  • Es de $8.328,30 (equivalente al 80% de una jubilación mínima) y se actualiza en forma trimestral por la Ley de Movilidad.

Trámite

El trámite es presencial, con turno.

Es necesario contar con los datos personales y relaciones familiares actualizados. En Mi ANSES podés consultar tu información personal y familiar.

Fuente: https://www.anses.gob.ar/pension-universal-para-el-adulto-mayor

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