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NOGOYÁ. RECUERDAN LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA QUE REGULA EL USO EXCESIVO DE PIROTÉCNICA

NOGOYÁ. RECUERDAN LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA QUE REGULA EL USO EXCESIVO DE PIROTÉCNICA
18/12/2019

Un esfuerzo comunicacional que debe mantenerse en el tiempo a efectos de concientizar referente al uso de la pirotecnia tal lo reza el articulado de la Ordenanza Municipal 1135 que data de agosto del 2016 y que pareciera que muchos vecinos desconocen durante todo el año.

Artículo 1º.– No se permitirá en el ámbito del radio municipal de la ciudad de Nogoyá la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora, que exceda los 65 decibles, conforme al art. 2°.

Además se incluyen en esta prohibición los globos aerostáticos encendidos.

Artículo 2º.– Quedan excluidos de la presente ordenanza los artificios pirotécnicos lumínicos exclusivos, como cañas voladoras, estrellas, juegos de luces sin sonido, y productos pirotécnicos lumínicos que no superen una emisión sonora de 65 decibeles a 20 metros de distancia desde su lanzamiento.

Artículo 7º.– El Municipio deberá realizar campañas destinadas a informar y crear conciencia en la población sobre los peligros y daños que implica el uso irresponsable de pirotecnia, tanto en los seres humanos como así también en los animales y el medio ambiente.

Desde el Concejo Deliberante se recuerda la vigencia de esta ordenanza que regula el uso excesivo de pirotecnia en la ciudad. La viceintendenta municipal, Sandra Facello informó que el objetivo de la misma apunta a prevenir la contaminación sonora en el medio ambiente y los riesgos a la propiedad, a la salud y a la vida humana.

En este sentido, comentó: “Las próximas fiestas esperamos que la sociedad se concientice en el uso de dichos elementos, recordando que esta legislación municipal faculta a los inspectores municipales a realizar controles apuntando a mantener un marco regulatorio en materia de prevención para los vecinos”.

Para finalizar, manifestó que la ordenanza número 1.135 contempla la prohibición de la venta de artificios pirotécnicos a menores de 16 años. Además, el Gobierno de la Ciudad de Nogoyá estará realizando periódicamente operativos de control especial, solicitando en caso de ser necesario la exhibición de documentación de compra de tales mercaderías que haya efectuado el comerciante.

LOS NIÑOS CON AUTISMO SUFREN CON LA PIROTECNIA

Una de las principales características de estos niños es que padecen un desorden del procesamiento sensorial, tienen los sentidos exacerbados, y especialmente el oído, percibiendo los ruidos de manera aumentada. Son hipersensibles a los sonidos y a las luces, por lo que los espectáculos de fuegos artificiales se convierten en una auténtica tortura para ellos.

Los estruendos provocados por los fuegos artificiales y los petardos les genera un alto nivel de ansiedad y estrés, incluso pueden causarles crisis, episodios en los que se ponen muy tensos, lloran, gritan, se tapan los oídos desesperadamente y en algunos casos pueden llegar a autolesionarse o presentar convulsiones.

CÓMO DAÑA LA PIROTECNIA A LOS ANIMALES

Daños físicos a los aparatos auditivos de los animales

El oído de muchos animales es considerablemente más sensible que el humano, por lo que las explosiones de fuegos artificiales no solo les resultan más perturbadoras, sino que les pueden dañar más gravemente su capacidad auditiva. Los fuegos artificiales pueden emitir sonidos de hasta 190 decibelios (110 a 115 decibelios por encima del rango de 75 a 80 decibelios, donde comienza el daño para el oído humano. Por lo tanto, los petardos generan un nivel de ruido más alto que el de los disparos (140 decibelios), y que el de algunos aviones de reacción (100 decibelios).

Se estima que la quinta parte de desapariciones de animales mantenidos como compañía se deben a sonidos muy fuertes, principalmente fuegos artificiales y tormentas.

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