Detrás de los reclamos de familiares de los egresados por el impedimento a la hora de asistir a los distintos actos de colación que desde el Concejo General de Educación de la provincia regula y limita la cantidad de asistentes, indicando que «deberá propiciarse que los alumnos asistan con la menor cantidad de acompañantes posible y que las respectivas familias permanezcan en sus lugares durante el acto» según reza el artículo 4 de la Circular 24/21 del CGE, la profesora Ma. Teresa Pereyra, Directora Dptal. de Escuelas de Nogoyá, dio las explicaciones del caso y las aclaraciones para tratar de entender la normativa y responsabilidad por parte de los directivos escolares.
LA NORMATIVA
CONSEJO GENERAL DE EDUCACION – CIRCULAR N° 24/21 – 01 de Diciembre de 2021
ASUNTO: PAUTAS PARA LA ORGANIZACI6N Y EL DESARROLLO DE LOS ACTOS DE EGRESADOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEPENDIENTES DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
Por la presente, y ante las consultas elevadas, se informa que la Resolución N° 2909/20 CGE por la que se aprobaron las Recomendaciones para la realización del acto de colación de finalización del nivel en tiempo de pandemia COVID-19, ya no se encuentra vigente en virtud de que dicha norma era de aplicación para aquellos actos realizados en el mes de diciembre 2020 o febrero 2021 y en el marco de las condiciones epidemiológicas imperantes en ese momento.
Además, pese a tener una situación favorable actual en cuanto a la pandemia COVID-19, se considera oportuno comunicarles algunas consideraciones básicas a tener presentes para la realización de las colaciones escolares en establecimientos educativos públicos y públicos de gestión privada dependientes del Organismo:
1) Las autoridades escolares deberán asegurar el cumplimiento de las directivas formuladas por las autoridades sanitarias competentes y referentes a la prevención de contagios de COVID-19.
2) Se prohibirá la asistencia de personas consideradas casos sospechosos o confirmados de Covid-19 o que deban cumplir aislamiento preventivo por ser contactos estrechos.
3) Las colaciones deberán realizarse en lo posible al aire libre o en lugares donde se asegure una adecuada ventilación.
4) Deberá propiciarse que los alumnos asistan con la menor cantidad de acompañantes posible y que las respectivas familias permanezcan en sus lugares durante el acto.
5) Se deberá mantener un distanciamiento adecuado entre las personas que participen.
6) El uso de barbijo deberá requerirse con carácter obligatorio durante todo el desarrollo del acto, salvo durante la intervención de los oradores y las sesiones de fotos, siempre procurándose que sea durante el menor tiempo posible.
7) Las escuelas deberán garantizar el cumplimiento de toda otra medida preventiva y de higiene mínima e indispensable, así como también el acceso insumos sanitizantes sobre todos en áreas comunes como sanitarios.
Estas recomendaciones antes descriptas son las mínimas requeridas para los actos escolares, independientemente de toda otra directiva que surja de las autoridades sanitarias competentes, en función de la evolución de las variables epidemiológicas en cada una de las respectivas localidades.







