EL VIERNES SE CONOCERÁ EL VEREDICTO DEL JUICIO A LA RELIGIOSA TOLEDO

En los alegatos el fiscal solicitó 6 años y medio de prisión efectiva mientras que la defensa pidió su absolución. Toledo dirigió durante diez años el Monasterio de Nogoyá, y la causa se originó tras la acusación realizada por ex carmelitas.

El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay dará a conocer este viernes su veredicto en el juicio que se le sigue a la religiosa Luisa Esther Toledo, imputada por privación ilegítima de la libertad y para quien, durante la lectura de los alegatos, realizada el viernes pasado, el fiscal solicitó seis años y medio de prisión efectiva mientras que la defensa pidió su absolución.

El veredicto del tribunal, integrado por Darío Crespo, como presidente, Javier Cadenas y Alejandra Gómez, como segundo y tercer voto, se leerá a las 8.30 y podrá seguirse por el canal de YouTube del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en https://www.youtube.com/channel/UCboKgdqvrqnHLt1s4-PRDGQ

El Ministerio Público Fiscal está representado por el fiscal Rodrigo Molinas y el fiscal general coordinador de esa jurisdicción, Gamal Taleb. La defensa de la religiosa imputada es ejercida por los abogados Miguel Ángel Cullen y Guillermo Vartorelli.

Cabe recordar que el juicio a la monja Toledo fue impulsado por el juzgado de ejecución y garantías de Nogoyá.

Durante los alegatos que se formularon el viernes 28 de junio, el Ministerio Público Fiscal sostuvo la acusación contra Toledo y solicitó que se la condene a seis años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo sin perjuicio de lo que oportunamente determinar el Juzgado de Ejecución y Penas y Medidas de Seguridad atendiendo al estado de salud de la religiosa. Al solicitar la condena, el Ministerio Público la consideró autora del delito de privación ilegítima de la libertad, agravada por el uso de la violencia y el tiempo de duración de los hechos en concurso real.

La defensa, por su lado, solicitó la absolución de la monja por considerar que no está acreditada la materialidad de los hechos, y que se está ante un caso de atipicidad de la conducta dejando subsidiariamente planteado, para el caso que el Tribunal considere, que se encuentren dados los elementos del tipo penal que su defendida no pudo entender que realizaba el acto ilícito por haber obrado con un error invencible de prohibición teniendo en cuenta su condición y las normas por las que se rige el Monasterio.

Toledo dirigió durante diez años el Monasterio de la Preciosísima Sangre y Nuestra Señora del Carmen, de Nogoyá, y la causa se originó el 25 de agosto de 2016 tras la acusación en su contra realizada por ex carmelitas. El fiscal Federico Uriburu ordenó entonces un allanamiento, durante el cual secuestró diversos elementos relacionados con las denuncias formuladas por las monjas de clausura.

Al mes siguiente la religiosa fue imputada tras el análisis de «todas las pruebas y declaraciones tomadas», entre ellas las de José Bonín, párroco de la basílica Nuestra Señora del Carmen, de Nogoyá.

Fuente Analisis Digital – El Once

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