«Más preguntas que respuestas»: El impacto del nuevo Régimen Penal Juvenil en Nogoyá

En diálogo con Del Éxodo Nogoyá 88.5, la Dra. Andrea Cavagna analizó los alcances, tensiones y desafíos locales de la Ley 27.801 tras su entrada en vigencia.

La implementación del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) a nivel nacional abrió un debate profundo sobre la justicia y los derechos de los adolescentes. Para analizar cómo impacta esta normativa en la comunidad, la Defensora Pública multifuero de Nogoyá, Dra. Andrea Cavagna, brindó una entrevista en el programa «Mañana x Vos» (Del Éxodo Nogoyá 88.5). Desde una perspectiva didáctica, la profesional desglosó los aspectos técnicos del marco legal y expuso las complejidades operativas en jurisdicciones locales.

Un cambio de paradigma: De la dictadura a los estándares internacionales

La actualización normativa reemplaza a la Ley 22.278, promulgada durante la última dictadura militar. Según explicó Cavagna, era necesario contar con un régimen adecuado a la Convención sobre los Derechos del Niño:

«Era una ley necesaria para nuestro régimen penal juvenil… teníamos una ley que era de la dictadura, anterior a la Convención sobre los Derechos del Niño.»

La Convención considera a los adolescentes como sujetos de derecho y establece la «mínima intervención» del Estado en la esfera penal, priorizando la responsabilidad, la reparación del daño y la reintegración social por encima del mero castigo.

Claves del nuevo régimen: Imputabilidad y gradación de penas

La modificación de mayor repercusión pública es la reducción en la edad de punibilidad:

  • Edad mínima: Se reduce de 16 a 14 años.
  • Falta de gradualidad: Cavagna advirtió que la norma no contempla adecuadamente la capacidad progresiva del desarrollo:«Un adolescente de 14 y uno de 17, por los mismos hechos, van a tener la misma respuesta… la ley no distingue ni gradúa.»
  • Topes de pena: La ley fija un tope máximo de 15 años de prisión, pero no modifica los mínimos del Código Penal, lo que habilita que un menor reciba penas similares a las de un adulto.

La paradoja local: Ley Nacional vs. Procesal Provincial

En la provincia de Entre Ríos rige la Ley 10.450, que regula el procedimiento penal juvenil local. Cavagna señaló la contradicción de aplicar una ley sustantiva más restrictiva en un contexto donde los derechos ya se encontraban consolidados:

«La ley es regresiva en ciertos derechos que ya están consolidados respecto de los niños, niñas y adolescentes.»

Desafíos de infraestructura y logística en Nogoyá

El aspecto crítico de la reforma radica en la falta de estructura e instituciones especializadas para la ejecución de penas o medidas cautelares:

«Hoy hay más preguntas que respuestas… Se requiere de un sistema penitenciario propio juvenil, lugares, personal capacitado y un juez de ejecución penal juvenil.»

Actualmente, las residencias del Copnaf en la provincia no están diseñadas para regímenes cerrados ni privatización de la libertad, lo que genera incertidumbre sobre dónde se alojaría a un joven sancionado sin vulnerar sus derechos ni mezclarlo con adultos.

La realidad social de Nogoyá y el foco en la prevención

Al evaluar la situación de la ciudad, la defensora indicó que el índice de delitos cometidos por menores no es alarmante, aunque existen factores de riesgo social como el consumo de estupefacientes y la falta de referentes adultos.

Ante este panorama, la Defensoría Pública remarca que la respuesta institucional no debe centrarse únicamente en la sanción penal, sino en la prevención previa:

«Detrás de cada niño o adolescente que tiene un conflicto con la ley penal, hay una historia de vida… El trabajo que se hace de prevención debería tener una mayor significación y apostarse mucho más al acompañamiento.»

Más allá de las discusiones técnicas y las contradicciones entre marcos legales, este análisis deja al descubierto que la justicia penal juvenil en comunidades como Nogoyá no se resuelve únicamente con la sanción de una ley. Reducir la edad de punibilidad o endurecer las penas ofrece una respuesta efectista ante la opinión pública, pero ignora la complejidad estructural: la falta de infraestructura especializada, la ausencia de presupuestos para la contención y la falta de un sistema adaptado para acompañar a los adolescentes en lugar de simplemente aislarlos.

Detrás de cada joven en conflicto con la ley penal suele haber una trama de vulnerabilidades, consumo problemático y ausencias estatales tempranas. Si la respuesta del Estado llega recién cuando el delito se cometió —y lo hace sin las herramientas ni los espacios adecuados para garantizar la reintegración—, el sistema no solo resulta ineficaz, sino regresivo. El verdadero desafío no está en aumentar las herramientas de castigo, sino en fortalecer el trabajo previo de prevención, contención comunitaria y acompañamiento social para evitar que la única presencia del Estado en la vida de un adolescente sea a través del sistema penal.

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