IOSPER ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA LA PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS CRÓNICOS

El Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) pondrá en marcha, desde el lunes 6 de abril, un procedimiento para la prescripción y dispensa de medicamentos para sus afiliados, mientas dure el aislamiento obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional, confirmó el presidente del Directorio Obrero, Fernando Cañete.

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El funcionario precisó que la medida se realizará en el marco de la emergencia sanitaria establecida por el decreto 260/20 que, en su artículo 20 determina que la autoridad sanitaria podrá dictar las normas que considere necesarias para hacer cumplir la citada norma, modificando plazos y excepciones para mitigar el impacto que produce la pandemia de Covid-19.

Además, el máximo responsable del ente provincial repasó uno de los considerandos de la Resolución de la Obra Social, donde menciona que atento lo dispuesto por Resolución 696/2020 del Ministerio de Salud de la Nación, el Comité de Organización de Emergencia en Salud (COES) adhirió a dicha medida a través de la Resolución Ministerial N°1080, por la cual se autoriza con carácter excepcional, la prescripción de medicamentos en formato de mensajería electrónica. “Por ello es necesario realizar modificaciones en prescripción y dispensa de medicamentos para la atención de patologías  crónicas mientras dure la emergencia  sanitaria declarada por la Ley 27541”, dijo.

PROCEDIMIENTO

El afiliado deberá informar al médico cual es la farmacia de preferencia cercana a su domicilio, consignando nombre del farmacéutico, número de teléfono, whatsapp, mail o fax.

En tanto, el médico confeccionará la prescripción del medicamento de venta bajo receta en un recetario en papel original y duplicado, en caso de que sean psicofármacos. El recetario deberá contar con el nombre y apellido del médico, matricula, domicilio del consultorio o establecimiento y teléfono. El profesional deberá tomar una foto de la receta y enviarla por whatsapp, mail o fax, al afiliado y a la farmacia; informar al afiliado y constatar la recepción.

El médico deberá también registrar en un “Libro prescriptor  bajo Covid-19” , abierto y foliado, los siguientes datos: nombre y dirección de la farmacia, nombre del farmacéutico, número de teléfono o whatsapp, mail o fax, datos de la medicación, precisando además que emitió receta original, con duplicado si fuese psicofármaco, con el nombre, apellido y DNI del paciente. Además, deberá archivar junto al libro, los originales de la receta y resguardar el contacto mantenido con el afiliado. Posteriormente, el afiliado deberá remitir por alguno de los medios consignados la prescripción a Iosper. En tanto, la farmacia le informará si los medicamentos están disponibles para la entrega y cuándo podrá retirarlos.

En todos los casos de los medicamentos prescriptos bajo la modalidad de receta archivada, la farmacia deberá guardar copia de la prescripción enviada por el profesional y por el afiliado, y asentarlo en el Libro Recetarios.

Todas las prescripciones bajo receta de esta modalidad se deberán guardar para futuras fiscalizaciones.

CONTACTO

Los afiliados pueden enviar whatsapps a los números 3444-436020 para tramitar medicamentos oncológicos; o al 343-4719789 para planes especiales. Si envían un correo electrónico, las direcciones donde debe escribir son: prescripcion.oncologicos@iosper.gov.ar  y prescripcion.cronicos@iosper.gov.ar

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