Mediante el Decreto 956/2020, el gobierno oficializó la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), en casi todo el país, excepto en tres ciudades.
«Entre Ríos permanece en situación de distanciamiento, es decir que se puede circular, porque antes sólo se podía circular dentro del departamento; ahora, esa prohibición desapareció y en principio se puede circular dentro de la provincia», dijo el fiscal de Estado de la provincia de Entre Ríos, Julios Rodríguez Signes.
«Para circular dentro de la provincia ya no se necesitan permisos, pero uno puede estar dispuesto a dar las explicaciones del caso sobre para qué se traslada», indicó al remarcar; «La Policía puede preguntar para dónde o a qué va, pero normativamente la restricción desapareció porque sí se puede circular por fuera de los límites del departamento».
«La circulación es libre dentro de la jurisdicción, pero cuando uno va a otras provincias hay que informarse sobre cuáles son las restricciones que establece la otra jurisdicción porque el decreto 956 establece que las autoridades provinciales pueden reglamentar horarios y lugares para circular», indicó Signes.
Entre las disposiciones más importantes, establecidas en la normativa que comprende a toda la provincia de Entre Ríos, se encuentran las siguientes:
-Se autoriza la libre circulación por toda la provincia.
-Las personas que vienen de localidades con transmisión comunitaria sostenida pueden ingresar a otras localidades sin hacer cuarentena, pero tomando en cuenta las recomendaciones preventivas emanadas por parte de Ministerio de Salud.
-Para las reuniones sociales y familiares se habilita hasta 20 personas en espacios privados, tanto cerrados como abiertos.
-Se permiten eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos y actividades en general en espacios cerrados, con un tope de 20 personas.
-Se permiten eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos de hasta 100 personas en espacios públicos al aire libre.
-Se permiten reuniones en espacios públicos al aire libre, con distanciamiento. Se eliminó el límite que había de las 10 personas como máximo y no se fijó uno nuevo, por lo que puede relacionarse con el punto anterior.
-En el caso de deportes y actividades artísticas se permite hasta 10 personas en lugares cerrados.
-Con respecto a cines y teatros, desde la provincia se solicitó autorización a Nación, pero hasta tanto se permite hasta 20 personas.
Reglas de conducta
Por otra parte, se remarcó la importancia de las reglas de conducta generales como distanciamiento, tapabocas, higiene de las manos, ventilar ambientes, entre otras, así como instar a dispensar de sus lugares de trabajo a personas mayores de 60 y en situación de riesgo.
QUE ESTABLECE EL DECRETO 956/2020
La norma establece además que, las autoridades de cada jurisdicción argentina, podrá «dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus».
Además, se reiteró que el Jefe de Gabinete, en su carácter de Coordinador de la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional, podrá disponer excepciones a todas estas limitaciones ante el pedido de los gobernadores o del jefe de Gobierno porteño.
REUNIONES SOCIALES
«Las reuniones sociales en espacios cerrados se pueden hacer con hasta 20 personas; y en espacios públicos con más de 20 personas, pero hay que ser prudentes», indicó Rodríguez Signes al remarcar que se debe respetar el protocolo de distanciamiento y el uso de tapabocas.
FIESTAS DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO
Consultado a Rodríguez Signes sobre los festejos de Navidad y Año Nuevo, éste refirió que «hay tres posibilidades de reuniones:
-en espacios cerrados, particulares, con hasta 20 personas
-en espacios abiertos con más de 20 personas, respetando las distancias
-y en lugares gastronómicos habilitados de acuerdo a los protocolos que la autoridades municipales y provinciales establecieron».
«El límite para actividades al aire libre es de 100 personas», aclaró el fiscal de Estado.
ENCUENTROS DE JÓVENES
Al preguntarle por las reuniones de jóvenes en Plaza Mujeres Entrerrianas, éste aclaró que tales encuentros «están permitidos, pero debe mantenerse la distancia de dos metros, que es lo más difícil».
«Normativamente hay una mayor flexibilidad dado el tiempo que está durando esta emergencia, pero la enfermedad y la situación sanitaria se mantienen. Son nuevas reglas de juego normativas, lo que no significa que hayamos superado el problema», explicó al respecto.
COLACIONES DE ESTUDIANTES SECUNDARIOS
En relación a las colaciones de estudiantes secundarios, Rodríguez Signes acotó que «serían reuniones sociales en espacios abiertos y en principio, hasta 100 personas podrían hacerse».
«Estarían permitidas, pero siempre respetando las reglas de conducta», acotó al respecto.
TURISMO
«Se retiró la prohibición para la actividad turística, es decir que estará permitido con las restricciones que establezca la autoridad administrativa porque no será un turismo libre», comentó.
Punto aparte, el funcionario provincia comunicó que «las personas de riesgo no tienen que volver a trabajar; en la Administración Pública se mantienen las reglas sin alteraciones; y el permiso que tenían padres para cuidar a hijos en edad escolar se mantendrá».
«Se mantienen estrictamente los dos metros de distancia, el uso de tapabocas y elementos de higiene de uso permanente», cerró.
La nueva etapa sanitaria rige hasta el próximo 20 de diciembre en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de Bariloche y Dina Huapi, en Río Negro, y Puerto Deseado, en Santa Cruz, que continuarán en Aislamiento.
La norma establece que las autoridades de cada jurisdicción argentina podrá «dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus».
Además «las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos» vigentes.
Mientras tanto, el decreto indica que » las actividades deportivas se podrán hacer siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas cuando se realicen en lugares cerrados», mientras que permanecen prohibidos «los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 participantes en espacios cerrados y «en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente».
Tampoco se podrán realizar «eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas».
Asimismo, volvió a destacar que «un número importante y creciente» de contagios «se origina a partir de la transmisión en eventos sociales, en los cuales la interacción entre las personas suele ser más prolongada y con mayor cercanía física».
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